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Viceministerio de Transporte Aereo y Marítimo
Funciones |
Nuestras funciones incuyen:
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Sustituir en sus ausencias temporales al(a) Ministro(a), cuando así lo disponga el Presidente de la República.
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Actuar por delegación del señor(a) Ministro(a) en los asuntos que ella le confiera.
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Sustituir en su ausencia temporal al (a) Ministro (a) Rector(a), cuando así lo disponga el Presidente de la República y lo hará en calidad de Ministro (a) a.i.
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Actuar como superior jerárquico inmediato de todo el personal del Ministerio, sin perjuicio de las potestades del(a) Ministro(a).
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Dirigir y coordinar las actividades internas y externas del Ministerio, sin perjuicio de las potestades del(a) Ministro(a) al respecto.
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Ejercer las potestades que le confiere su calidad de superior jerárquico subordinado.
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Ser el centro de comunicación del Ministerio en lo interno y lo externo.
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Realizar los estudios y reunir la documentación necesarios para la buena marcha del Ministerio.
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Delegar, avocar, sustituir o subrogar funciones dentro de los límites de esta ley.
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Requerir ayuda de todo el personal del Ministerio para el cumplimiento de sus deberes.
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Presidir los Consejo que le sean asignados por delegación del(a) señor(a) Ministro(a).
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