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Despacho del Ministro
Funciones |
Nuestras funciones incuyen:
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Dictar y dirigir la política general del Ministerio en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de vías de comunicación, edificaciones nacionales, obras aeroportuarias, portuarias y fluviales, así como al tránsito y sus efectos ambientales, medios de transporte e investigaciones geográficas y cartográficas.
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Dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.
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Preparar y presentar al Presidente de la República los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, órdenes y demás actos que deban suscribir conjuntamente relativos a las cuestiones atribuidas al Ministerio.
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Remitir a la Asamblea Legislativa, una vez aprobados por el Presidente de la República, los proyectos de ley a que se refiere el punto anterior.
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Agotar la vía administrativa, resolviendo recursos pertinentes, salvo ley que desconcentre dicha potestad.
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Resolver las contiendas que surjan entre los funcionarios u organismos del Ministerio.
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Resolver los recursos de revocatoria o reposición procedentes contra sus resoluciones de conformidad con la ley.
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Aprobar conjuntamente con el Presidente de la República el Plan Sectorial de Gobierno para el Sector Infraestructura y Transportes, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.
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Dictar directrices, conjuntamente con el Presidente de la República, en los términos señalados por los artículos 99 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, para que las políticas que fijen conjuntamente del respectivo sector sean ejecutadas y acatadas por las diferentes instituciones centralizadas y descentralizadas que lo integren.
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Dirigir y coordinar las políticas sectoriales en las diversas instituciones que componen el sector.
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Dirigir y coordinar la Secretaria Sectorial del Sector Infraestructura y Transportes.
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Presidir el Consejo Sectorial, en ausencia del señor Ministro lo hará el Viceministro en calidad de Ministro Rector a.i.
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Velar porque las instituciones del sector respondan adecuadamente a los objetivos sectoriales, así como a las directrices en materia de políticas sectoriales.
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Autoevaluar la eficiencia y eficacia de los resultados obtenidos por las instituciones en la ejecución de las estrategias y las políticas sectoriales.
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Establecer mecanismos para integrar de manera participativa, las opiniones de distintos grupos de interés en asuntos de importancia y vinculación sectorial.
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Dar visto bueno ante el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica para la incorporación de modificaciones al Plan Nacional de Desarrollo, según las solicitudes de los jerarcas institucionales.
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Plantear los conflictos de atribuciones con otros Ministerios o con las entidades descentralizadas
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Disponer los gastos propios de los servicios del Ministerio, dentro del importe de los créditos autorizados, e instar al Ministerio de Hacienda el trámite de los pagos correspondientes.
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Supervisar la ejecución de los planes y programas de las dependencias que integran el Ministerio y coordinar la labor con otras instituciones.
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Firmar en nombre del Estado los Contratos, relativos a asuntos propios del Ministerio.
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Estudiar y aprobar los proyectos y planes que sometan a su consideración las Divisiones que integran el Ministerio.
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Presentarse a la Asamblea Legislativa, cada año durante el mes de setiembre y en la fecha en que fuere convocada, ante la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, a rendir un informe sobre la ejecución del presupuesto de la Institución, correspondiente al ejercicio fiscal en curso. En esa misma comparecencia, deberá justificar el proyecto de presupuesto que se analiza para el siguiente período fiscal. Ambas intervenciones deberán basarse en el cumplimiento de objetivos y metas precisos.
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Representar al Ministerio en las sesiones del Consejo de Gobierno.
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Presidir como miembro exoficio los Consejos con los que cuenta la Institución, o en su lugar nombrar delegado.
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