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1. Departamento de Auditoría y Fiscalización
Funciones
1. Verificar el cumplimiento, la válidez y la suficiencia del sistema de control interno, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes.
2. Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en la Ley de 8292 en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros, asimismo examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas Unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
3. Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.
4. Vigilar el uso correcto de los ingresos y egresos del Ministerio, así como que se ajusten a las disposiciones presupuestarias y controlar el movimiento de los fondos revolutivos creados en el Ministerio.
5. Controlar las obligaciones que adquiera el Ministerio en todas las operaciones financieras que realice.
6. Fiscalizar los fondos de dinero en efectivo en poder del personal del Ministerio, y externar criterios cuando las circunstancias lo ameriten.
7. Verificar que los funcionarios responsables hayan tomado las medidas pertinentes para poner en práctica y mantener las recomendaciones que contienen los informes de la Auditoría General del M.O.P.T., de la Contraloría General y de los auditores externos. Dará cuenta inmediata y por escrito a las autoridades superiores, de cualquier omisión que comprobare al respecto.
8. Ejercer otras funciones de control inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados por la Contraloría General de la República.
9. Rendir informes periódicos a la Dirección de las actividades llevadas a cabo.
2. Departamento de Estudios Especiales
Funciones
1. Efectuar inventarios, arqueos, revisiones y cualquier otra operación para garantizar el uso correcto de los bienes y valores del Ministerio.
2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, de los objetivos y metas, de las políticas, de los planes, de los programas y de los procedimientos financieros y administrativos que rigen a la Institución.
3. Revisar informes de cajas, de contabilidad y estados bancarios relativos al movimiento de efectivo y valores, asimismo efectuar las recomendaciones cuando proceda.
4. Realizar investigaciones sobre el uso de los bienes muebles e inmuebles patrimoniales y auditorías relacionadas con los objetivos del Ministerio.
5. Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone la Institución, se hayan utilizado por la administración con eficiencia, economía y eficacia.
6. Realizar la evaluación de los sistemas de procesamiento electrónico de datos de la Institución y de la información producida por tales sistemas, de acuerdo con disposiciones generalmente aceptadas.
7. Ejercer otras funciones de fiscalización inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados por la Contraloría General de la República.
8. Rendir informes periódicos a la Dirección de las actividades llevadas a cabo.
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